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Artículo duodécimo de Auto Acordado 19

Auto acordado n° 19/2019 sobre tramitación electrónica de los procesos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1139630 / 10076744.

Texto oficial

Duodécimo: De las actuaciones judiciales. Respecto de toda actuación se dejará testimonio fidedigno en la carpeta electrónica, con expresión del lugar, día, mes y año en que se verifique, de las formalidades con que se haya procedido, y de las demás indicaciones que la ley o el Tribunal dispongan. Las resoluciones del Tribunal y demás actuaciones judiciales serán suscritas mediante firma electrónica avanzada de los Ministros, de la Secretaria Abogada o del ministro de fe, según corresponda, con excepción de lo dispuesto en el acuerdo siguiente.