Texto oficial
Artículo 32.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1 de enero del año 2020, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos y resoluciones que en virtud de esta ley sean necesarios para posibilitar la ejecución presupuestaria. Esta ley y las instrucciones para su ejecución podrán ser publicadas en su integridad para su distribución.