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Artículo 28 del Decreto 4669

Servicio de inspección de educación primaria.- se organiza

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1142530 / 10105668.

Texto oficial

Art. 28. El Director de Educación Primaria, autorizará a los Inspectores de Zonas, Inspectores Provinciales e Inspectores Locales para que procedan, cada cinco años, a la destrucción de documentos de sus oficinas y que hubieren perdido su importancia para el servicio. Para este objeto acompañarán a la solicitud que con este fin presentarán, una lista del material, que estimen necesario destruir.