Texto oficial
Art. 35. El Director de Educación Primaria podrá completar o ampliar las disposiciones del presente Reglamento, por medio de circulares u órdenes del servicio.
Servicio de inspección de educación primaria.- se organiza
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1142530 / 10105675.