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Artículo 23 de la Ley 21.210 · Moderniza la legislación tributaria

Moderniza la legislación tributaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1142667 / 10103161.

Texto oficial

Artículo 23.- El ingreso de las solicitudes de prestación de servicio, formularios, documentación y antecedentes se realizará mediante la plataforma virtual que habilitará la Defensoría al efecto. Excepcionalmente, los contribuyentes que carezcan de los medios tecnológicos suficientes para acceder a la plataforma virtual, podrán solicitar los servicios y presentar la documentación o antecedentes en forma presencial y en formato papel. En este caso, los contribuyentes que tengan domicilio fuera de la Región Metropolitana podrán presentar las solicitudes de servicio o documentación a través de las Delegaciones Presidenciales Regionales o Provinciales que correspondan. Para dichos efectos, el Delegado Presidencial Regional o Provincial deberá designar a un funcionario encargado de remitir las solicitudes y antecedentes a la Unidad Regional de la Defensoría.