Texto oficial
Artículo 23.- El ingreso de las solicitudes de
prestación de servicio, formularios, documentación y
antecedentes se realizará mediante la plataforma virtual
que habilitará la Defensoría al efecto.
Excepcionalmente, los contribuyentes que carezcan de
los medios tecnológicos suficientes para acceder a la
plataforma virtual, podrán solicitar los servicios y
presentar la documentación o antecedentes en forma
presencial y en formato papel. En este caso, los
contribuyentes que tengan domicilio fuera de la Región
Metropolitana podrán presentar las solicitudes de servicio
o documentación a través de las Delegaciones
Presidenciales Regionales o Provinciales que correspondan.
Para dichos efectos, el Delegado Presidencial Regional o
Provincial deberá designar a un funcionario encargado de
remitir las solicitudes y antecedentes a la Unidad Regional
de la Defensoría.