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Artículo 19 del Decreto 8

Aprueba reglamento de seguridad de las instalaciones de consumo de energía eléctrica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1143069 / 10105786.

Texto oficial

Artículo 19° El Pliego Técnico Normativo RIC N° 19, sobre Puesta en Servicio, deberá establecer las condiciones bajo las cuales se implementarán las Verificaciones de Tercera Parte.