Saltar al contenido

Artículo 24 de Auto Acordado 41

Acta nº 41-2020

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1143549 / 10109265.

Texto oficial

Artículo 24. Mejora continua. La Corporación Administrativa del Poder Judicial deberá, a la luz de los resultados del programa de seguimiento y monitoreo, desarrollar un plan de mejora continua que explore soluciones concretas a las problemáticas existentes en la implementación del teletrabajo. Para ello podrá constituir mesas de trabajos, solicitar consultorías, realizar encuestas, entre otras medidas que permitan alcanzar tal finalidad.