Saltar al contenido

Artículo 19° del Decreto 27

Aprueba reglamento del régimen especial de donaciones para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), establecido por el artículo cuarto de la ley n° 21.207

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144603 / 10116503.

Texto oficial

Artículo 19°. Vigencia. Las donaciones reguladas en este reglamento deberán materializarse dentro del plazo máximo de doce meses, contado desde la publicación del presente reglamento en el Diario Oficial.