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Artículo 25 del Decreto 130 EXENTO

Aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las líneas de garantía covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144624 / 10116716.

Texto oficial

Artículo 25. La tramitación de las solicitudes de financiamiento ante las instituciones financieras, el otorgamiento del instrumento representativo del financiamiento y la presentación de los antecedentes necesarios ante el Fondo para el pago de la Garantía COVID-19 podrá realizarse a través de medios digitales o de comunicación a distancia, que permitan a la empresa contar con información previa sobre condiciones de contratación y que guarden respaldo, con adecuados resguardos de autentificación e integridad. Lo anterior será sin perjuicio de aquellos requisitos y solemnidades que se requieran para determinado tipo de contratos o instrumentos, de conformidad a lo dispuesto en ordenamiento jurídico general, en lo que fuere aplicable.