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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 309

Aprueba el estatuto de la caja de accidentes del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145676 / 10137742.

Texto oficial

Artículo 8.o Los Consejeros inasistentes a las sesiones del Consejo o Comisiones, serán sancionados con una multa equivalente al 10% de la remuneración mensual a que tengan derecho.