Texto oficial
Artículo 25.- Tratamiento de datos personales. El
tratamiento de datos personales que se realice en virtud de
esta ley deberá cumplir con las disposiciones de la ley Nº
19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Los proveedores deberán implementar las medidas
necesarias para garantizar la seguridad y la reserva en el
tratamiento de datos, con especial resguardo respecto de los
fines para los cuales fue autorizado por su titular. Se
entenderá que la presentación de una solicitud implica el
consentimiento del titular para el tratamiento de sus datos
personales, con la exclusiva finalidad de llevar a cabo un
proceso de portabilidad.
Los datos recabados para un proceso de portabilidad que
no prospere deberán ser eliminados del sistema del
oferente, y no podrán ser utilizados para otros fines.