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Artículo 10° del Decreto 284 EXENTO

Regula requisitos, procedimiento, cuotas y plazos para acceder al bono de apoyo y préstamo estatal solidario establecido en favor de los microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros según lo establecido en el artículo 6° de la ley nº 21.256

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1149386 / 10158083.

Texto oficial

Artículo 10º.- Los beneficiarios no podrán recibir más de un préstamo mensual, hasta por el máximo de 3 meses que contempla el artículo precedente, sin importar el número de vehículos a los que se encuentren relacionados, ya sea en calidad de propietarios o meros tenedores inscritos, ni los registros en que éstos se encuentren inscritos. El préstamo se entregará a un beneficiario por vehículo.