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Artículo 11 del Decreto 338

Aprueba el reglamento del decreto ley nº 321, de 1925, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1149586 / 10159576.

Texto oficial

Artículo 11. Acreditación de haber observado conducta intachable. El informe referido en el artículo 9º dará cuenta del hecho que la persona postulante haya observado una conducta intachable, en el caso que ésta haya obtenido una calificación de conducta de "muy buena" en los bimestres requeridos anteriores al primero de abril o primero de octubre de cada año, respectivamente.