Saltar al contenido

Artículo 27 del Decreto 338

Aprueba el reglamento del decreto ley nº 321, de 1925, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1149586 / 10159594.

Texto oficial

Artículo 27. Norma técnica. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dictará las normas técnicas que sean necesarias relativas al sistema de supervisión de la libertad condicional, evaluando periódicamente su cumplimiento y sus resultados, para lo cual Gendarmería de Chile deberá remitirle los informes que solicite, dentro de los plazos que se establezcan.