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Artículo PRIMERO de la Ley 21.255 · Establece el estatuto chileno antártico

Establece el estatuto chileno antártico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1149631 / 10160693.

Texto oficial

Artículo primero.- La presente ley comenzará a regir ciento ochenta días después de su publicación en el Diario Oficial.