Texto oficial
Artículo segundo.- Lo dispuesto en la presente ley regirá para los contratos de trabajadores de casa particular que se encuentren vigentes o que se celebren a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Incorpora a los trabajadores de casa particular al seguro de desempleo de la ley n° 19.728
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1149644 / 10160800.