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Artículo 29 del Decreto 88

Aprueba reglamento para medios de generación de pequeña escala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1150437 / 10165905.

Texto oficial

Artículo 29º.- La emisión de las facturas por parte de un MGPE y el correspondiente pago de éstas por parte de las empresas eléctricas, se llevará a cabo de acuerdo con los procedimientos que se encuentren establecidos en la normativa vigente.