Texto oficial
Artículo 51º.- Las SCR asociadas a un mismo
alimentador de distribución, deberán ser resueltas en
función de la hora y fecha de presentación de éstas.
En el caso de que, por cambios topológicos realizados
por la Empresa Distribuidora, dos o más SCR asociadas a
distintos alimentadores pasen a estar asociadas a un único
alimentador, o estando asociadas a un mismo alimentador
pasen a estar asociadas a alimentadores distintos, la
Empresa Distribuidora deberá informar un nuevo orden de
prelación para resolver dichas SCR. En caso de pasar a un
único alimentador, los dos primeros lugares del orden
referido serán ocupados por quienes se encontraban en el
primer lugar en sus respectivos alimentadores, prefiriendo
entre ellos según sus respectivas fechas y horas de
ingreso. Los siguientes lugares serán asignados según las
fechas y horas de las respectivas SCR. En el caso de pasar a
alimentadores distintos, el orden de prelación
corresponderá a sus respectivas fechas y horas de ingreso.
El nuevo orden de prelación deberá ser informado a los
interesados dentro de los cinco días siguientes a partir de
la energización de los elementos de la red de distribución
que formen parte del nuevo alimentador.
En caso de que una SCR fuese objeto de observaciones de
acuerdo con lo establecido en el artículo 47º, del
presente reglamento, se considerará como fecha y hora de
ingreso aquella correspondiente a la presentación donde se
hayan subsanado dichas observaciones.