Texto oficial
3.° Cualquiera ciudadano podrá reclamar la falta de cumplimiento al anterior artículo, verificándolo antes de la enajenacion del fundo, quince dias despues.
Enajenacion de bienes nacionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1152207 / 10210522.