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Artículo 11 de la Ley S/N · Enajenacion de bienes nacionales

Enajenacion de bienes nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1152207 / 10210530.

Texto oficial

11. Cuando dos o mas postores ofrecen un tercio mas sobre la tasacion, será preferido el no propietario al que lo sea, y si ninguno fuese propietario o todos lo sean, tendrá la preferencia el casado respecto del soltero, y entre dos casados el que tenga mayor número de hijos.