Texto oficial
Artículo 29.- Durante el año 2020, el componente
variable del bono de desempeño laboral establecido en el
Párrafo 3º del Título III de la Ley Nº 21.109 será
determinado de acuerdo al grado de cumplimiento del
"indicador general de evaluación" establecido en el
artículo 29 de la ley Nº 21.196, considerando las
variables y porcentajes de cumplimiento señalados en el
inciso segundo de dicho artículo. Con todo, el pago de
dicho componente se realizará conforme al inciso quinto del
artículo 50 de la ley Nº 21.109.
Para el año 2020, los beneficiarios del bono de
desempeño laboral serán determinados en el mes de
diciembre de ese año, mediante resolución de la
Subsecretaría de Educación.