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Artículo 40 de la Ley 21.306

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154076 / 10189165.

Texto oficial

Artículo 40.- Modifícase el decreto ley Nº 2.197 de 1978 del Ministerio de Defensa Nacional; Subsecretaría de Guerra, que reconoce equivalencia de título profesional universitario a los que otorgan establecimientos de enseñanza de la Defensa Nacional que indica, de la siguiente manera: 1. En el artículo 1: a) Intercálase en el inciso primero, a continuación de la palabra "Armadas", la frase ", de la Policía de Investigaciones de Chile,". b) Incorpórase en el listado referido al título "Oficial Graduado", a continuación de la frase "Instituto Superior de Carabineros", la frase "Oficial Graduado en Investigación Criminalística Academia Superior de Estudios Policiales de la Policía de Investigaciones de Chile". 2. Intercálase en el artículo 2, a continuación de la palabra "Armadas", la frase ", de la Policía de Investigaciones de Chile". 3. Intercálase en el artículo 3, a continuación de la frase "un representante del Ministro de Defensa Nacional", la oración ", un representante del Ministro del Interior y Seguridad Pública".