Texto oficial
Artículo 43.- Durante el año 2021, para pagar la
bonificación de estímulo por desempeño funcionario del
artículo 5 de la ley Nº 19.528, se considerará en forma
separada al personal traspasado desde la Superintendencia de
Bancos e Instituciones Financieras a la Comisión para el
Mercado Financiero del resto del personal de dicha
Comisión. Para tal efecto, se determinará el 25 por ciento
de los funcionarios traspasados de mejor desempeño en el
año anterior, pertenecientes o asimilados a los escalafones
y grados a los que les resulte aplicable la señalada
bonificación, conforme al reglamento de calificaciones que
les fue aplicable.
El reglamento de calificaciones a que se refiere el
artículo 49 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2018,
del Ministerio de Hacienda, deberá dictarse, a más tardar,
el 30 de junio de 2021.