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Artículo 44 de la Ley 21.306

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154076 / 10189169.

Texto oficial

Artículo 44.- Intercálase en el inciso primero del artículo 7 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2018, del Ministerio de Hacienda, que Establece Estatuto de Personal de Carácter Especial de la Comisión para el Mercado Financiero, a continuación de la expresión "jefe de la Unidad de Gestión y Desarrollo de Personas de la Comisión" la frase "o en quien éste delegue dicha participación".