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Artículo 78 de la Ley 21.306

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154076 / 10189203.

Texto oficial

Artículo 78.- Intercálase, en el inciso primero del artículo 36 de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, a continuación de la frase "autoridades institucionales", la expresión "y ministeriales".