Texto oficial
Artículo 86.- La provisión de las vacantes de
ascensos disponibles al 31 de diciembre de 2020 para las
categorías de Consejero o Cónsul General de Segunda Clase
de la Planta del Servicio Exterior se realizará conforme a
las normas aplicables con anterioridad a la entrada en
vigencia de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 25
del decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, del
Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que se provean
entre la publicación de la presente ley y el 28 de febrero
de 2021, ambas fechas inclusive. Los cargos que queden
vacantes en esas categorías a partir del 1 de enero de 2021
se proveerán a través del procedimiento concursal que
establece el citado numeral 4 del artículo 25, el que se
convocará conforme a dicha norma y su reglamento.