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Artículo 37 de la Ley 21.302

Crea el servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y modifica normas legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154203 / 10190437.

Texto oficial

Artículo 37.- Asistencia técnica a los colaboradores acreditados. El Servicio prestará asistencia técnica a los colaboradores acreditados en el desempeño de sus funciones de protección especializada cuando ello se requiera, o en la medida que éstos lo soliciten, y a ello acceda fundadamente el Servicio, previa evaluación correspondiente. De esta manera, se propenderá a una labor de colaboración entre el Servicio y los colaboradores acreditados, potenciando el buen desempeño de los programas de protección de la niñez.