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Artículo 43 de la Ley 21.302

Crea el servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y modifica normas legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154203 / 10190445.

Texto oficial

Artículo 43.- Circunstancia atenuante. Para efectos de aplicar una sanción, el Director Regional podrá considerar como atenuante el hecho de que al colaborador acreditado no le haya sido impuesta una de las sanciones previstas en esta ley durante los últimos cinco años.