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Artículo 29 del Decreto 8

Aprueba reglamento de la ley que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea la garantía estatal para caucionar cuotas postergadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1155645 / 10200358.

Texto oficial

Artículo 29.- Información a la CMF. Las Instituciones Financieras participantes y el Administrador del Fondo deberán proporcionar a la CMF la información y antecedentes que esta última les pueda requerir, con la frecuencia, desagregación y forma que dicha Comisión estime al efecto, todo ello para la evaluación del cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento.