Texto oficial
Artículo 31. Proyectos de reducción en la generación de residuos. Los productores de envases podrán presentar al Ministerio proyectos de reducción en la generación de residuos. Estos proyectos contendrán medidas destinadas a disminuir las toneladas de envases que se requieran para enajenar la misma cantidad del bien de consumo envasado o embalado, de modo que se disminuya el impacto ambiental asociado a la introducción en el mercado de dichos bienes.
En caso de que el Ministerio apruebe dichos proyectos, los productores obtendrán un beneficio consistente en la disminución en su obligación de valorización, según determine el Ministerio, la que será proporcional a la disminución en los residuos generados como consecuencia de la implementación del proyecto aprobado. Este beneficio podrá otorgarse por un periodo de 1 a 5 años, en virtud de la magnitud del proyecto. El Ministerio precisará los criterios para la determinación del beneficio mediante resolución.