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Artículo 32 del Decreto 12

Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1157019 / 10209985.

Texto oficial

Artículo 32. Mecanismo de postulación. Los proyectos podrán ser presentados entre los meses de julio y diciembre de cada año, ambos meses inclusive. Recibido un proyecto, el Ministerio tendrá un plazo de 10 días hábiles, contado desde la recepción de los antecedentes, para revisarlos e informar al interesado si es que existen defectos formales o si se requieren antecedentes adicionales. Si el Ministerio no formulare observaciones, deberá resolver dentro de un plazo de 30 días hábiles, aprobando o rechazando fundadamente los proyectos. El mismo plazo será aplicable si existieren observaciones y el interesado las subsanare, en cuyo caso el plazo se contará desde el reingreso de los antecedentes. La postulación de proyectos de reducción en la generación de residuos deberá realizarse mediante un formulario que el Ministerio pondrá a disposición, al que deberán acompañarse los antecedentes señalados en el artículo 34.