Texto oficial
Artículo 159.- Creación. Créase el Consejo de
Política Migratoria, como instancia multisectorial
responsable de asesorar al Presidente de la República, a
través del Ministro del Interior y Seguridad Pública, en
la elaboración de la Política Nacional de Migración y
Extranjería y en la actualización de su contenido y
definiciones, de acuerdo a las necesidades y requerimientos
del país.