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Artículo 12 de la Ley 21.322 · Establece el sistema red integral de protección social

Establece el sistema red integral de protección social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158583 / 10221653.

Texto oficial

Artículo 12.- Red de Atención a Usuarios. El Sistema contará con una Red de Atención a Usuarios en cada región del país, a través de la cual se les entregará orientación e información sobre la oferta programática que forma parte del Sistema. Adicionalmente, la plataforma que forma parte de esta red permitirá a los usuarios hacer seguimiento de casos y acceder al Repositorio de leyes y normas en materia de apoyos y cuidados.