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Artículo 37 del Decreto 37

Aprueba reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación de la transmisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160108 / 10229172.

Texto oficial

Artículo 37.- Para efectos de mantener la seguridad y calidad de suministro del Sistema Eléctrico, se establecerán en la norma técnica correspondiente las condiciones técnicas que deberá cumplir la conexión provisoria a líneas o subestaciones del sistema.