Texto oficial
Artículo 89.- La Comisión, en la etapa de Análisis de Seguridad y Calidad de Servicio deberá determinar los proyectos de expansión de la transmisión que permitan garantizar la seguridad y calidad de servicio respecto al abastecimiento de la demanda a clientes finales en el horizonte de planificación.
Para efectos de lo anterior, se considerarán en el análisis de esta etapa a aquellos proyectos provenientes de la etapa de Análisis de Suficiencia y Eficiencia Operacional, de acuerdo a lo establecido en la letra b) del Artículo 88.- del presente reglamento, y aquellos proyectos provenientes directamente desde la etapa de Análisis Preliminar, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 87.- del presente reglamento.
Aquellos proyectos que permitan cumplir con los objetivos de esta etapa, así como aquellos proyectos provenientes de la etapa de Análisis de Suficiencia y Eficiencia Operacional, de acuerdo a lo establecido en la letra b) del Artículo 88.- del presente reglamento, pasarán a la etapa de Análisis de Factibilidad Técnica y Valorización de los Proyectos de Expansión, sin perjuicio de que estos últimos puedan ser modificados por la Comisión para aportar al cumplimiento de las exigencias de seguridad y calidad de servicio. Aquellos proyectos provenientes directamente desde la etapa de Análisis Preliminar, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 87.- del presente reglamento, que no cumplan con los objetivos de la etapa de Análisis de Seguridad y Calidad de Servicio, podrán ser modificados por la Comisión o alternativamente no ser incluidos en el Plan de Expansión, pudiendo ser pospuestos para futuros Procesos de Planificación.
La Comisión podrá evaluar Obras de Expansión que otorguen seguridad al abastecimiento de la demanda considerando la disminución de energía no suministrada, mejorando los índices de calidad de servicio o mejorando la confiabilidad. Para ello, la Comisión podrá considerar antecedentes tales como tasas de salida de elementos de transmisión, Costo de falla de corta duración, registros históricos de falla de instalaciones de transmisión y la densidad de la demanda. La Comisión deberá explicitar y fundamentar la inclusión de este tipo de proyectos en el informe técnico que contenga el Plan de Expansión.