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Artículo 112 del Decreto 37

Aprueba reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación de la transmisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160108 / 10229271.

Texto oficial

Artículo 112.- Dentro de los treinta días siguientes al vencimiento del plazo para presentar observaciones, la Comisión emitirá y comunicará el informe técnico final que contenga el Plan de Expansión, aceptando o rechazando fundadamente las observaciones planteadas conforme lo señalado en los artículos precedentes, el que deberá ser publicado en su sitio web.