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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160403 / 10239821.

Texto oficial

Artículo 8°.- Las organizaciones a que se refiere el Ley N° 19.496 presente párrafo podrán realizar las siguientes Art. 8 actividades: D.O. 07.03.1997 a) Difundir el conocimiento de las disposiciones de Ley N° 21.081 esta ley y sus regulaciones complementarias; Art. 1 N° 3 letra a) b) Informar, orientar y educar a los consumidores para D.O. 13.09.2018 el adecuado ejercicio de sus derechos y brindarles asesoría Ley N° 19.496 cuando la requieran; Art. 8 letra a) D.O. 07.03.1997 c) Estudiar y proponer medidas encaminadas a la Ley N° 19.496 protección de los derechos de los consumidores y efectuar o Art. 8 letra b) apoyar investigaciones en el área del consumo; D.O. 07.03.1997 Ley N° 19.496 d) Representar a sus miembros y ejercer las acciones a Art. 8 letra c) que se refiere esta ley en defensa de aquellos consumidores D.O. 07.03.1997 que le otorguen el respectivo mandato; e) Representar tanto el interés individual, como el interés colectivo y difuso de los consumidores ante las Ley N° 19.496 autoridades jurisdiccionales o administrativas, mediante el Art. 8 letra d) ejercicio de las acciones y recursos que procedan. D.O. 07.03.1997 El ejercicio de esta actividad incluye la representación individual de los consumidores en las causas que ante los tribunales de justicia se inicien para la determinación de la indemnización de perjuicios; Ley N° 21.081 f) Participar en los procesos de fijación de tarifas Art. 1 N° 3 letra de los servicios básicos domiciliarios, conforme a las b) leyes y reglamentos que los regulen; D.O. 13.09.2018 g) Ejecutar y celebrar actos y contratos civiles y Ley N° 21.081 mercantiles para cumplir sus objetivos, y destinar los Art. 1 N° 3 letra frutos de dichos actos y contratos al financiamiento de sus c) actividades propias, con las limitaciones señaladas en el D.O. 13.09.2018 artículo 9; h) Realizar, a solicitud de un consumidor, mediaciones Ley N° 21.081 individuales, e Art. 1 N° 3 letra e) i) Efectuar, de conformidad a esta ley, cualquier otra D.O. 13.09.2018 actividad destinada a proteger, informar y educar a los Ley N° 21.081 consumidores. Art. 1 N° 3 letra f) D.O. 13.09.2018 Ley N° 21.081 Art. 1 N° 3 letra f) D.O. 13.09.2018