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Artículo 55 B del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160403 / 10239945.

Texto oficial

Ley N° 20.555 Artículo 55 B.- El proveedor que tenga contratos con Art. 1 N° 6 sello SERNAC y ofrezca a los consumidores la contratación D.O. 05.12.2011 de un producto o servicio financiero de los enumerados en el inciso segundo del artículo 55 mediante un nuevo contrato de adhesión, deberá someterlo previamente al Servicio Nacional del Consumidor para que éste verifique el cumplimiento de las condiciones establecidas en dicho artículo. El proveedor de productos y servicios financieros que Ley N° 20.555 modifique un contrato de adhesión con sello SERNAC deberá Art. 1 N° 6 someterlo previamente al Servicio Nacional del Consumidor, D.O. 05.12.2011 para que éste constate, dentro del plazo indicado en el inciso primero del artículo anterior, que las modificaciones cumplen las condiciones señaladas en el inciso primero del artículo 55, en caso de que quisiera mantener el sello SERNAC.