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Artículo 4° del Decreto 3

Aprueba reglamento que establece normas para el funcionamiento del consejo de expertos del servicio nacional de protección especializada a la niñez y la adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160530 / 10235200.

Texto oficial

Artículo 4º.- El Consejo podrá invitar a participar en sus sesiones en calidad de invitados, con derecho a voz, a personas con reconocida experiencia en los temas que constituyen el objeto del Servicio. El Servicio podrá asumir, de acuerdo a su presupuesto disponible, gastos tales como alimentación, traslado o alojamiento, que se generen con ocasión de la asistencia de algún experto, académico o expositor como invitado especial, requerido por los miembros del Consejo.