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Artículo 5 del Decreto 6

Aprueba reglamento del fondo nacional de desarrollo cultural y las artes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160647 / 10236876.

Texto oficial

Artículo 5: Asignación de los Recursos del Fondo y Modalidades de Selección de Proyectos. La asignación de los recursos del Fondo a los proyectos deberá realizarse por concurso público, lo que se formalizará a través de resolución del (la) Subsecretario(a). Los concursos públicos que sean convocados para postular proyectos al Fondo podrán contemplar diversas modalidades y plazos para la presentación de dichos proyectos, de acuerdo con lo que determinen las necesidades y naturaleza de los proyectos o líneas del Fondo que se deban desarrollar, lo que se establecerá en las respectivas bases de concurso. Las bases de los concursos públicos determinarán el contenido de la respectiva convocatoria a presentar proyectos, postulaciones o propuestas, si ésta es de ámbito nacional o regional y si se orienta a una o más líneas de funcionamiento del Fondo. Todas las postulaciones al Fondo serán de carácter público y abierto, estarán sujetas a los requisitos, formalidades y antecedentes requeridos en las respectivas bases, debiendo someterse estrictamente a éstas y a las normas del presente Reglamento. En casos calificados por el (la) Subsecretario(a) o por la autoridad en la cual se haya delegado dicha facultad, podrán emplearse modalidades tales como licitaciones u otras alternativas, que resguardando criterios de acceso abierto e igualitario propendan a cumplir con los objetivos del Fondo conforme a la naturaleza de los proyectos o la línea de funcionamiento que se trate.