Texto oficial
Artículo 9° - La promoción de los funcionarios paradocentes de un nivel a otro se efectuará con estricta sujeción a las normas estatutarias vigentes que rigen la materia.
Fija planta paradocente del ministerio de educacion publica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162235 / 10284963.