Saltar al contenido

Artículo 26 de la Ley S/N · Procedimiento judicial en asuntos de 150 a 1000 pesos.

Procedimiento judicial en asuntos de 150 a 1000 pesos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162236 / 10344762.

Texto oficial

Artículo 26. El fallo del Juez de Letras se ejecutará si la cuantía del pleito no excediere de trescientos pesos. Cuando excediere de esta cantidad, la parte que se sintiere agraviada, podrá apelar verbalmente ante el escribano, quien certificará la apelacion, o por escrito.