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Artículo 8 de la Ley S/N · De la nacionalidad de las naves chilenas.

De la nacionalidad de las naves chilenas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162914 / 10301919.

Texto oficial

ART. 8° Los documentos que acreditan la nacionalidad de los buques chilenos, son: el certificado de matrícula, la patente de navegación, el rol de equipaje, i el pasavante, pero este último solo en los casos espresamente determinados en esta lei.