Texto oficial
ART. 10.
La Comandancia Jeneral de Marina llevará un rejistro o matrícula de los buques mercantes chilenos, i allí se anotará el nombre de sus propietarios, su profesión o industria i domicilio; su eslora, manga, puntal i tonelaje; número de palos, i clase de aparejo; número de cubiertas; figura de proa, si es de vela o vapor, i en este caso su fuerza nominal, i si es de ruedas o de hélice; lugar, época i sistema de su construcción i nombre del constructor; su anterior nacionalidad, si la tuvo, i su nombre; título de propiedad de su actual dueño; i finalmente, el número que corresponde a cada buque en el rejistro i en el código internacional de señales, segun el órden i fecha de los asientos.
Cada asiento hecho en la matrícula será firmado por el comandante jeneral de marina i por el dueño del buque, o por su apoderado legalmente constituido.