Saltar al contenido

Artículo 13 de la Ley S/N · De la nacionalidad de las naves chilenas.

De la nacionalidad de las naves chilenas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162914 / 10301926.

Texto oficial

ART. 13. El comandante jeneral de marina espedirá un certificado de la matrícula firmado por él, i sellado con el sello de la Comandancia Jeneral de Marina. Este certificado se elevará al Gobierno para que, visado por el Ministro de Marina, i conforme a él, se espida por el Presidente de la República la patente de navegación, i pueda así el buque navegar con bandera chilena i gozar de los derechos anexos a su nacionalidad. Devueltos a la Comandancia Jeneral de Marina el certificado de matrícula i patente de navegación, serán entregados estos documentos a los interesados.