Texto oficial
ART. 55.
En la composición del equipaje de las naves mercantes, son considerados oficiales bajo la dependencia del capitan i sus reemplazantes, los que siguen, segun el orden de su colocación:
1° El piloto;
2° El segundo piloto;
3° El piloto leman, quien reemplazará al capitan durante el tiempo que dirijiere la nave;
4° El cirujano;
5° El contador o sobrecargo;
6° El primer maquinista;
7° El contramaestre.