Texto oficial
Artículo sexto. La Comisión sesionará, de forma ordinaria y extraordinaria, en las dependencias del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación en la ciudad de Santiago, o en otro lugar según se considere necesario. Las sesiones ordinarias se realizarán bimestralmente, a partir de la total tramitación del presente acto administrativo. En cuanto a la oportunidad para la realización de sesiones extraordinarias, se seguirá lo dispuesto en el artículo undécimo. La Comisión se relacionará con el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación a través del Secretario/a Técnico/a.