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Artículo primero transitorio de la Ley 21.363

Establece normas en materia de comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas, y otras que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163383 / 10257196.

Texto oficial

Artículo primero.- Los planes y programas de estudio y prevención a que se refieren los incisos primero, segundo y final del artículo 39 de la ley N° 19.925 deberán estar en ejecución un año después de la publicación de esta ley.