Saltar al contenido

Artículo sexto transitorio de la Ley 21.364

Establece el sistema nacional de prevención y respuesta ante desastres, sustituye la oficina nacional de emergencia por el servicio nacional de prevención y respuesta ante desastres, y adecúa normas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163423 / 10257896.

Texto oficial

Artículo sexto.- Los reglamentos a que se refiere esta ley deberán dictarse en el plazo de un año contado desde la publicación de la misma.