Texto oficial
Artículo 5º.- Determínase que la fecha de entrada en vigencia de las plantas señaladas en el artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley será a contar de la publicación del mismo.
Fija planta de personal de los estamentos que indica del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley nº 21.302
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163506 / 10258879.